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adnEl ADN (Ácido Desoxirribonucleico) también conocido como la molécula de la vida, es el portador de toda la información genética de una persona. Es el encargado de permitir que los genes se trasmitan de generación a generación y que una familia tenga entre sí características físicas, genéticas y de comportamiento similares entre padres, abuelos, tíos, primos, etc y así poder establecer filiaciones. Es el principal motivo por el cual se heredan algunas manifestaciones clínicas o enfermedades.

Para determinar parentesco la prueba de ADN permite una confiabilidad del 99.99%; y aunque existe un derrotero amplio de muestras, las principales fuentes para rescatar el ADN son: sangre, saliva, semen, restos óseos y musculo.

Estas pruebas de paternidad se pueden solicitar por dúo o trio. Por dúo se hace cuando se busca establecer un parentesco entre padre e hijo reconocido. Por trio es la más requerida por entidades como Juzgados y Bienestar Familiar. Esta prueba es tomada a padre, madre e hijo para confirmar o descartar alguna filiación.

Las pruebas de ADN no se alteran cuando la persona ingiere medicamentos, cigarrillo, alcohol o sustancias alucinógenas.

A nivel de criminalística, cuando la víctima de violación señala al presunto agresor, se toma una muestra de esa persona y del fluido dejado en el panty, prenda intima o en las uñas de la victima si existieron rasguños al victimario. Esto permite establecer si el presunto violador es o no es, mediante la comparación de perfiles genéticos ya que el ADN es único en los seres humanos a excepción de los hermanos gemelos idénticos.

Finalmente para la toma de muestras de ADN se recomienda asistir a lugares habilitados para este fin, pues de no ser así las consecuencias pueden ser importantes.

Requisitos para pruebas de ADN

CASO. PRESUNTO TRIO FAMILIAR

Padre, madre, hijo menor edad no reconocido

  • Fotocopia de la cedula de cada uno de los padres.
  • Fotocopia del registro civil del menor o certificado de nacido vivo.
  • Autorización materna para la toma de muestras del menor. (asisten madre, padre e hijo).
  • Cita telefónica con anterioridad. Resultados 8 días hábiles.

Por juzgado e ICBF la respectiva notificación a la cita para toma de muestras, APLICA TARIFA ESPECIAL.

CASO. PADRE E HIJO

Con hijo reconocido menor de edad / Padre e hijo mayor de edad

  • Fotocopia de la cedula del presunto padre.
  • Fotocopia del registro civil del menor y tarjeta de identidad si el hijo es mayor de 7 años pero menor de edad.
  • Cita telefónica con anterioridad. Resultados 8 días hábiles.

CASO. PRUEBA DE ABUELIDAD

Aplica cuando el padre esta ausente o desaparecido

  • Fotocopia de la cedula de los abuelos.
  • Fotocopia del registro civil o documento del P. nieto.
  • Fotocopia de la cédula de la madre biológica del P. nieto.
  • Cita telefónica con anterioridad Resultados 12 días hábiles.

CASO. PRUEBA DE HERMANDAD

Aplica cuando el padre esta ausente o desaparecido y son hermanos de madre y padre presuntamente

  • Hermanos menores de edad: fotocopia de la cédula de la madre biológica.
  • Fotocopia del registro civil cada hermano.(menores de edad)
  • Requiere autorización obligatoria de la madre biológica
  • Hermanos mayores de edad: fotocopia de la cédula de cada hermano. (mayores de edad)
  • Cita telefónica con anterioridad Resultados 12 días hábiles.